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Felicitaciones! Por fin has dado el salto y acabas de comprar la bicicleta o scooter de tus sueños o estás planeando hacerlo pronto. En ambos casos, usted tiene muchas preguntas sobre las formalidades administrativas obligatorias que implica la compra de una motocicleta usada.

En este artículo, intentaremos aconsejarle y recordarle las principales buenas prácticas a adoptar para simplificar y racionalizar al máximo los (muchos) procedimientos administrativos que a veces pueden parecerse a una verdadera carrera de obstáculos para los no iniciados.

Pero veremos que, de hecho, con un poco de organización y método, no hay nada muy complicado.

Aquí está la lista detallada de los puntos a verificar:


I. CUANDO COMPRE SU MOTOCICLETA, ASEGÚRESE DE QUE EL VENDEDOR LE ENTREGUE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

DOCUMENTACIÓN


Antes de la firma definitiva del Contrato de Compraventa, asegúrese de que todos los documentos necesarios están disponibles. A saber: (i) la Ficha Técnica del vehículo, (ii) el Permiso de Circulación, (iii) el recibo de que el Impuesto de Circulación (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) de año anterior se ha pagado, (iv) el certificado de la última inspección (tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos-ITV), y (v), si el vendedor es una persona física, fotocopia de su DNI (Documento Nacional de Identidad).

CONTRATO

Aunque en España, pueda ser relativamente común que tanto el comprador como el vendedor del vehículo de ocasión cierren la transacción sin demasiadas formalidades, las dos partes (vendedor y comprador) se tomen su tiempo para rellenar y firmar uno de los modelos de contratos incluidos aquí; es decir, sugerimos que se formalice el contrato por escrito, usando para ello un modelo de contrato que incluya todas las disposiciones de uso común:

Contrato con garantía del vendedor.
Uno de estos modelos contiene la garantía del vendedor y el otro no. Esto es importante porque en el caso de que surja un problema más adelante, el contrato contiene los términos de la compra que son de aplicación; por lo tanto, toda la información relevante deberá ser incluida - esto también se aplica a los datos personales del vendedor, incluyendo su número de identificación fiscal, que igualmente deberán reflejarse. En caso de que tenga dudas, siempre podrá pedir al vendedor que verifique su identidad, por ejemplo con el DNI. Compruebe también que el número de bastidor correcto se incluye en la documentación.

En las transacciones entre particulares, raramente se incluye la garantía del vehículo; por eso es aún más importante, si cabe, que todos los detalles figuren por escrito. No acepte aquellas condiciones que usted no quiera. Le recomendamos que solicite una declaración por escrito de que el vehículo de ocasión no ha tenido accidentes; si esto no fuese posible, trate de obtener todos los recibos y los informes de las reparaciones efectuadas. Recuerde que todos los defectos deben constar por escrito en el contrato. Igualmente, debe haber una declaración que confirme que el vehículo de ocasión no ha sido: 1) utilizado comercialmente y 2) no ha sido objeto de una importación paralela. Si lo hubiese sido, entonces asegúrese de que estos hechos se describen con todo detalle en el Contrato.

Tómese su tiempo para leer el contrato detenidamente. Si tuviese alguna duda, pregunte al vendedor de inmediato y firme solamente cuando todas las dudas y posibles problemas hayan sido aclarados .

II. REGISTRO:

En España el registro de la titularidad de los vehículos corresponde al vendedor, que deberá realizarlo ante la D.G.T. (Dirección General de Tráfico), a su vez, ésta lo comunica al municipio correspondiente al domicilio del comprador a efectos del pago del Impuesto de Circulación (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica).

Cuando el vendedor sea un concesionario, por lo general él se hará cargo de realizar la transferencia directamente a nombre del comprador.

Si usted le compra el vehículo de ocasión directamente a un particular, deberá ocuparse de notificar la transferencia de la propiedad lo antes posible. A tales efectos, deberá rellenar un impreso oficial que puede obtener directamente de Tráfico o descargar desde su página web (www.dgt.es), y que debe ir acompañada de los siguientes documentos: (i) copia del contrato, (ii) copia del DNI del vendedor y del comprador, (iii) el impreso oficial de transferencia de propiedad firmado por el vendedor y el comprador, y (iv) varios documentos relacionados con el vehículo de ocasión (ficha técnica con la ITV pasada y el último recibo pagado del impuesto de circulación), así como justificante del pago en Hacienda del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. El impreso y todos los documentos anteriormente mencionados deberán ser presentados ante la Dirección General de Tráfico.

III. SEGURO

Usted está legalmente obligado a asegurar su motocicleta o scooter desde el primer uso. Para ello, póngase en contacto con su compañía de seguros o haga una cotización en línea y compare las ofertas. La tarifa dependerá, entre otras cosas, del nivel de cobertura que desee.

Al igual que con el seguro de automóvil, usted tiene la opción de elegir entre la cobertura de responsabilidad civil, de terceros, de intermediarios o de seguros a todo riesgo.

Si está impaciente y no quiere esperar a recibir su nuevo certificado de registro, puede pedir a su aseguradora que le proporcione una "nota de cobertura" o un "certificado provisional". Tenga en cuenta que estos documentos generalmente sólo son válidos por un corto período de tiempo (aproximadamente 15 días renovables).

Cuando finalmente reciba su certificado de registro y la información sobre el mismo sea correcta, no olvide informar a su asegurador para que pueda redactar el contrato definitivo.